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11 abril, 2020

Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Real Decreto 487/2020, de 10 de abril, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Artículo 1. Prórroga del estado de alarma.
Queda prorrogado el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020,
de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación
de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Artículo 2. Duración de la prórroga.
La prórroga establecida en este Real Decreto se extenderá hasta las 00:00 horas del
día 26 de abril de 2020, y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real
Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de
marzo, y por el Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado
de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se
declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 101 Sábado 11 de abril de 2020 Sec. I. Pág. 28860

cve: BOE-A-2020-4413
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 10 de abril de 2020.

2020.04.11 prorroga estado de alarma

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